Cambios en Schengen

Los hechos sucedidos a lo largo de estos días en la frontera francesa e italiana ha puesto bajo el foco de atención de los medios el acuerdo de Schengen. Sin embargo, creemos necesaria una primera precisión, por cuanto encontramos más correcto hablar acerca del acervo de Schengen, que no es otra cosa más que el conjunto conformado por el Acuerdo y el Convenio, así como las normas y acuerdos conexos. Desde 1999, el acervo de Schengen está integrado en el marco institucional y jurídico de la Unión Europea en virtud de un protocolo anexo a los Tratados. Es interesante destacar que Irlanda y el Reino Unido participan sólo en parte en el acervo de Schengen, y que los Estados candidatos a la adhesión a la Unión Europea deben aceptar íntegramente el acervo de Schengen antes de su adhesión.

¿Qué son el Acuerdo y el Convenio? El Acuerdo de Schengen fue firmado el 14 de junio de 1985 entre Alemania, Bélgica, Francia, Luxemburgo y los Países Bajos, tiene por objeto eliminar progresivamente los controles en las fronteras comunes y establecer un régimen de libre circulación para todos los nacionales de los Estados signatarios, de los otros Estados de la Comunidad o de terceros países.

El Convenio, por parte, da cuerpo al acuerdo, completa el Acuerdo y define las condiciones y las garantías de aplicación de esta libre circulación. Este Convenio, firmado el 19 de junio de 1990 por los mismos Estados miembros, no entró en vigor hasta 1995.

Sobre estas dos herramientas principales se fue edificando el acervo de Schengen.

¿Qué supone? La aplicación de medidas como:

La supresión de los controles de personas en las fronteras interiores, en particular la supresión de obstáculos y restricciones a la circulación en los pasos fronterizos de carretera en las fronteras interiores.

  • La introducción y aplicación del régimen de Schengen en los aeropuertos y aeródromos.

  • La realización de los controles en las fronteras exteriores y medidas destinadas a mejorar la seguridad de dichas fronteras.

  • La política común en materia de visados.

  • La lucha contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

  • La responsabilidad en materia de asilo.

  • La ejecución de las solicitudes de asistencia judicial internacional.

¿Qué es lo que llamamos espacio Schengen? Pues es el nombre con el que se denomina al territorio constituido por los países que aplican en su totalidad el acuerdo de Schengen. No todos los países forman parte de del acuerdo, pero en cambio sí participan de medidas relativas de cooperación y coordinación entre los servicios de policía y las autoridades judiciales para proteger la seguridad interior de los Estados miembros y, en particular, para luchar eficazmente contra la delincuencia organizada. En esta cooperación participan todos los Estados de la Unión Europea (incluso los que no pertenecen al espacio Schengen) y algunos terceros países, por lo que el ámbito territorial de la cooperación Schengen es más amplio que el espacio Schengen.

¿Qué sucedió entre Italia y Francia? Que Francia suspendió la libertad de circulación del espacio Schengen amparándose en el artículo 2 del Capítulo I:

CAPÍTULO I: Cruce de fronteras interiores

Artículo 2.

1. Las fronteras interiores podrán cruzarse en cualquier lugar sin que se realice control alguno de las personas.

2. No obstante, cuando así lo exijan el orden público o la seguridad nacional, una Parte contratante podrá decidir, previa consulta a las demás Partes contratantes, que se efectúen en las fronteras interiores y durante un período limitado controles fronterizos nacionales adaptados a la situación. Si el orden público o la seguridad nacional exigieran una acción inmediata, la Parte contratante de que se trate adoptará las medidas necesarias e informará de ello lo antes posible a las demás Partes contratantes.

La justificación ofrecida se basa pues en motivos de orden público. Francia mostraba así su enfado por la decisión italiana de conceder permisos de residencia temporal, de seis meses de duración, a los más de 20.000 tunecinos llegados a sus costas desde enero. "Hay una primera regla que prevalece en el acuerdo de Schengen, y es que el primer país de entrada es el que gestiona la población inmigrante", recordó el pasado lunes el ministro francés de Interior, Claude Guéant. El caso es que técnicamente la argumentación no es sólida y las autoridades francesas son conscientes de ello, así como las italianas. Ante este problema común, y bajo el aviso de la Comisión Europea, tanto Francia como Italia buscan una salida que permita una suspensión de la libre circulación que se base “crisis sistémicas” y situaciones de emergencia coyunturales.

Desde que entró en vigor en 1985, y a petición unilateral de alguno de sus miembros, el acuerdo se ha interrumpido momentáneamente por motivo de la celebración de grandes acontecimientos, desde bodas reales hasta importantes eventos deportivos pasando por cumbres internacionales. Así, por ejemplo, el país que alberga cada año la final de la Liga de Campeones puede suspender momentáneamente el acuerdo y hacer controles en la frontera con su país vecino con el objetivo de controlar el flujo masivo pero puntual de los hinchas de los equipos.




Fuentes:
http://europa.eu/legislation_summaries/glossary/schengen_agreement_es.htm
http://www.mir.es/SGACAVT/extranje/extschengen/
http://www.cadenaser.com/internacional/articulo/tratado-schengen-puede-interrumpir-libre-circulacion-personas/serpro/20110426csrcsrint_4/Tes
http://www.elpais.com/articulo/internacional/Paris/Roma/lanzan/andanada/Schengen/elpepuint/20110426elpepuint_3/Tes
http://www.elpais.com/articulo/internacional/Francia/estudia/revision/tratado/Schengen/elpepuint/20110422elpepuint_10/Tes




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