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Guatemala: Alta Comisionada aplaude fallo histórico sobre genocidio


La Alta Comisionada de la ONU para los Derechos Humanos aplaudió la condena al ex jefe de Estado guatemalteco, José Efraín Ríos Montt, por genocidio y crímenes de lesa humanidad, dictaminada el viernes pasado.

Ríos Montt fue condenado a 80 años de prisión por su papel en la muerte de 1.771 personas, así como el desplazamiento forzoso, la privación de alimentos, tortura, y la violación y violencia sexual sistemática contra la comunidad maya ixil.

En un comunicado, Navi Pillay señaló que Guatemala hizo historia al ser el primer país del mundo en condenar a un ex jefe de Estado por genocidio en un tribunal nacional.

La corte determinó que los crímenes habían sido cometidos de acuerdo con planes militares cuyo objetivo era exterminar a quienes fueran considerados enemigos, lo que no sólo incluía grupos guerrilleros, sino también a la población civil ixil, a la que las autoridades acusaban de apoyar a esas organizaciones.

En total, unas 200.000 personas perdieron la vida –más del 80% de origen indígena maya– durante los 36 años de guerra civil.

El periodo del gobierno de Ríos Montt, de marzo de 1982 a agosto de 1983, es considerado uno de los más sangrientos del conflicto.



Fuente: ONU
Imagen: ONU


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ONU califica de “avance histórico” juicio a Ríos Montt

La Alta Comisionada Adjunta de Naciones Unidas para los Derechos Humanos calificó como un avance histórico en el combate a la impunidad el juicio que se realiza en Guatemala al ex jefe de Estado Efraín Ríos Montt por genocidio y crímenes contra la humanidad.

Al presentar al Consejo de Derechos Humanos un informe sobre la nación centroamericana, Kyung-wha Kang destacó la importancia que el proceso de Ríos Montt tiene para las víctimas, que han buscado justicia durante décadas.

Del mismo modo, subrayó los avances de Guatemala en la lucha contra los abusos de las garantías fundamentales, la corrupción y el crimen organizado.

No obstante, Kyung-wha expresó preocupación por la persistencia de la discriminación contra los pueblos indígenas, la violencia de género y la situación de los activistas de derechos humanos.

“Se necesitan reformas estructurales para erradicar los patrones persistentes de racismo y discriminación que afectan a los pueblos indígenas, que constituyen la mayoría de la población. Su acceso a servicios básicos, propiedad de la tierra, justicia o participación en la vida pública es muy limitada. Más aún, existe una tendencia a criminalizar a los líderes indígenas que claman por sus derechos”, dijo.

Por su parte, el ministro de Paz de Guatemala, Antonio Arenales Forno, respondió el informe explicando los esfuerzos del gobierno por alcanzar un orden jurídico-político adecuado a la realidad multiétnica del país.

“Se continúa haciendo reformas legales que incluyen una reforma constitucional que busca el pleno reconocimiento y ejercicio de los derechos de los pueblos indígenas”, apuntó Arenales Forno.



Fuente: ONU



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Crímenes de lesa humanidad: Guatemala, Ruanda y la ex Yugoslavia



Son muchos los casos de crímenes perpetrados contra la humanidad y los Derechos Humanos. Entre ellos encontramos los casos de Guatemala, la ex Yugoslavia y Ruanda entre otros. En estos países, el propio gobierno llevó a cabo el exterminio de gran parte de la población.

Siguiendo la definición del artículo 7 del Estatuto de Roma de la Corte penal Internacional, se entiende por “crimen de lesa humanidad” el asesinato; exterminio; esclavitud; deportación o traslado forzoso de la población; tortura; encarcelación o privación grave de la libertad en violación de normas fundamentales de derecho internacional; violación, prostitución forzada,embarazo forzado, esterilización forzada u otros abusos sexuales de gravedad comprable; desaparición forzada de personas; persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundados en motivos étnicos,raciales, políticos o religiosos; el crimen de apartheid u otros actos inhumanos de carácter similar como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque.

En Guatemala, entre 1979-1986, el ejército guatemalteco y las Patrullas de Defensa Civil (PAC) -de ultraderecha-, fueron los causantes del genocidio que sufrió la etnia maya; su objetivo era erradicarla mediante el exterminio físico y la ruptura de su estructura social.

Durante el conflicto serbio-bosnio, en la región de Srebrenica (1995), el ejército serbio masacró a la población de varones musulmanes bosnios, aunque también murieron mujeres y niños -a pesar de que la región se encontraba bajo la protección de los Cascos Azules holandeses-.

En Ruanda (1994), la muerte del Presidente originó un conflicto étnico entre hutus y tutsis en el que la gran mayoría de tutsis y hutus moderados fueron asesinados por hutus radicales. El origen del conflicto, un odio generado por años de privilegios a la etnia tutsi en detrimento de los hutus por parte de los Gobiernos coloniales.

Estos sucesos alarmaron a la comunidad internacional y, en 1998, en la Conferencia de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas celebrada en Roma se decide crear la Corte Penal Internacional (CPI), con personalidad jurídica autónoma, para juzgar a individuos responsables de crímenes de guerra, genocidio, lesa humanidad y agresión.

Los antecedentes a la Corte Penal Internacional son los tribunales de Nüremberg y Tokio, creados tras la II Guerra Mundial por los países vencedores que firmaron el acuerdo en Londres el 8 de agosto de 1945. Estos tribunales se encargaron de procesar y castigar a los dirigentes políticos y militares de Alemania y Japón. Pero su falta de objetividad e imparcialidad fue lo que llevó a la creación de la Corte penal Internacional.

Existen tribunales ad-hoc para la antigua Yugoslavia (creado por el Consejo de Seguridad mediante resolución 827 de 25 de mayo de 1993) y Ruanda (creado por el Consejo de Seguridad mediante la resolución 955 de 8 de noviembre de 1994), para juzgar a los responsables de genocidio y crímenes de Derecho Internacional Humanitario que se sucedieron en estos países. Aunque tribunales ad-hoc, constituyen verdaderos tribunales ya que garantizan los principios de objetividad e imparcialidad jurídica. Están reconocidos en el capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas desde que el Consejo de Seguridad de la ONU estableció que la situación en estos países constituían una amenaza a la paz y la seguridad internacional.

A día de hoy, el Tribunal Penal para la ex Yugoslavia ha dictado sentencia contra Drazen Erdemovic (5 años de prisión por crímenes contra la humanidad), Dragan Papic (sobreseído y puesto en libertado), Dusko Tadic (condenado a la pena de 20 años de prisión), Tihomir Blaskic (sentenciado a pena de 45 años de prisión por crímenes contra la humanidad durante la guerra de Bosnia), el Presidente Slodovan Milosevic (su repentina muerte el 11 de marzo de 2006 obligó a cerrar el caso antes de que se dictara sentencia), el ex líder serbio-bosnio, Radovan Karadzic (sentenciado a 20 años de prisión en 2009) y el ex Comandante del Ejército Serbio de Bosnia,Ratko Mladic, arrestado el 26 de mayo de 2011, y que aun está siendo juzgado por el Tribunal.

El Tribunal Penal Internacional para Ruanda, emitió su primera inculpación en 1995. En 1998 se enjuició al ex Primer Ministro ruandés Jean Kambanda, que se confesó culpable del delito de genocidio y posteriormente fue sentenciado a cadena perpetua. Esta fue la primera vez en que se ha condenado a una persona por el delito de genocidio. En un juicio conexo, el ex alcalde del distrito ruandés de Taba, Jean-Pierre Ayakesu, fue condenado el 2 de septiembre de 1998 por genocidio contra los ciudadanos tutsi, así como por los delitos de violación y tortura, además de otros actos inhumanos, y sentenciado a cadena perpetua. En 2005 empezaron a salir los primeros juicios contra los 100.000 acusados que permanecían en prisión.

En el caso guatemalteco, estos crímenes se encuentran en manos de la justicia del país, que se ve incapacitado para enjuiciar tales actos debido al control que todavía ejerce el ejército sobre la sociedad y el aparto juidicial. Al igual que en los casos de Ruanda y la ex Yugoslavia, la Corte Penal Internacional no puede actuar por tratarse de un suceso anterior a 2002, fecha en la que entró en vigor. La Corte Interamerica tampoco tiene potestad para juzgar esos actos ya que sólo condena la actuación de los Estados. Es por ello que los criminales se encuentran en libertad.


ENLACES:

http://politica.elpais.com/politica/2011/07/26/actualidad/1311682574_341133.html

http://www.elpais.com/articulo/internacional/genocida/Srebrenica/elpepuint/20110526elpepuint_8/Tes

http://www.solidaritat.ub.edu/observatori/dossiers/tpi/tpidossier.htm

http://es.globedia.com/bosnia-recuerda-matanza-srebrenica-karadzic-mladic-presos

http://www.un.org/depts/dhl/spanish/resguids/specilsp.htm

http://www.elpais.com/articulo/reportajes/genocidio/impune/Guatemala/elpporint/20050724elpdmgrep_5/Tes


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