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Charles Taylor, primer jefe de Estado condenado por un tribunal internacional desde Nuremberg

Confirmada la condena de 50 años contra el expresidente liberiano por su participación en los crímenes en Sierra Leone.

La sala de apelaciones del Tribunal Especial para Sierra Leona ha confirmado este jueves la condena de 50 años de cárcel dictada en mayo de 2012 contra el expresidente liberiano Charles Taylor por crímenes de guerra y contra la Humanidad cometidos durante al conflicto interno de Sierra Leona, según ha anunciado la sala de prensa del tribunal.

"La sala de apelaciones confirma la sentencia de 50 años de prisión y ordena que la sentencia sea impuesta de inmediato", ha declarado este jueves el juez George King, citado por la BBC. A juicio del tribunal, ha quedado demostrado, más allá de toda duda, que la actuación personal de Taylor tuvo "un efecto significativo en la comisión de crímenes en Sierra Leona".

Charles Taylor ha sido juzgado en la sede del Tribunal Penal Internacional (TPI) de La Haya, en lugar de en Freetown, sede central del Tribunal de Sierra Leona, para evitar conflictos. El Gobierno holandés aceptó el procesamiento a cambio de que la sentencia se ejecutara en otro país.

Finalmente, y en virtud de un acuerdo especial con el Tribunal, la pena de cárcel se podría cumplir en territorio de Reino Unido, aunque también se barajan otros destinos, como Suecia o Ruanda. Fuentes del tribunal han indicado a la BBC que el traslado desde La Haya se efectuará en el plazo de una semana. Los abogados del expresidente --quien ha asistido impávido este jueves a la lectura de la sentencia-- habían rechazado la condena en primera instancia por supuestos errores procesales.

Taylor ha negado en todo momento los cargos y su responsabilidad en los hechos juzgados e incluso ha llegado a denunciar que los testigos de cargo habían sido "pagados y amenazados" por los fiscales del caso para que declarasen contra él. Se trata del primer jefe de Estado convicto y condenado por crímenes de guerra por un tribunal internacional desde la celebración de los juicios de Nuremberg contra los dirigentes de la Alemania nazi al término de la Segunda Guerra Mundial.

Los cargos

Taylor, de 65 años, ha sido declarado culpable de complicidad en crímenes de guerra y contra la Humanidad --que incluyen homicidios, mutilaciones y violaciones-- por haber ayudado militar y financieramente a los rebeldes del Frente Revolucionario Unido (RUF) para garantizarse la comercialización de los "diamantes de sangre" extraídos en las zonas controladas este grupo armado sierraleonés.

Los rebeldes del RUF, liderados por Foday Sankoh, asesinaron a miles de mujeres y hombres, violaron y secuestraron a miles de mujeres y mutilaron a golpe de machete a numerosas personas a lo largo de los once años (1991-2002) que duró la guerra civil de Sierra Leona.

Concretamente, Taylor ha sido declarado culpable de once cargos: terrorismo (crimen de guerra), homicidios (dos cargos constitutivos de crímenes de guerra y contra la Humanidad), violaciones (crimen contra la Humanidad), esclavitud sexual (crimen contra la Humanidad), ultrajes a la dignidad humana (crimen de guerra), tratos crueles (crimen de guerra), actos inhumanos, mutilaciones y amputaciones (crímenes contra la Humanidad), reclutamiento y uso de niños soldado, esclavitud (crimen contra la Humanidad) y saqueo (crimen de guerra).

Según el tribunal, los fiscales no han podido demostrar que Taylor fuera uno de los líderes del RUF y tuviera, por tanto, poder de decisión sobre las acciones armadas de sus miembros. No obstante, sí se ha demostrado su complicidad con los rebeldes mediante el suministro de armas, municiones, personal militar, apoyo operativo y apoyo moral, lo que convierte al expresidente en "responsable individual de sus crímenes", según indicó el tribunal en un comunicado.

La guerra civil de Liberia

Taylor se alzó en armas en 1989 al frente del Frente Patriótico Nacional para la Liberación de Liberia (NPFL), en el que compartía liderazgo con Prince Johnson, para combatir al presidente Samuel D.Koe, que había alcanzado el poder en 1980 tras un golpe de Estado. Fue el inicio de una guerra civil que causó 200.000 muertos y que forzó al desplazamiento a la mitad de la población, y durante la cual Taylor contó con el apoyo de la actual presidenta, Ellen Johnson-Sirleaf.

Taylor obtuvo el poder en 1997, tras vencer en unas elecciones presidenciales marcadas por el miedo y en las que Ellen Johnson-Sirleaf, que ya había roto con él, quedó en segunda posición. Fue apartado de la Presidencia en 2003 en virtud del acuerdo de paz que puso fin al conflicto de Liberia (que duró 14 años, entre 1989 y 2003), tras lo cual huyó a Nigeria. Después de tres años de exilio dorado en la localidad costera de Calabar, en el sur de Nigeria, fue detenido en marzo de 2006 por la Policía nigeriana tras un rocambolesco intento de fuga.

Ellen Johnson-Sirleaf había solicitado poco antes oficialmente la extradición de Taylor. La detención fue posible gracias al entonces presidente de Nigeria, Olusegun Obasanjo, el mismo que había contribuido --con el apoyo de Estados Unidos, la Unión Africana y otras instancias internacionales-- a facilitar su exilio en Nigeria como medida cautelar de apoyo al proceso de paz en Liberia. Una vez detenido y trasladado a Freetown, Taylor fue finalmente trasladado a La Haya para ser juzgado en las instalaciones del TPI, por temor a que la celebración del juicio en Sierra Leona --tal como estaba inicialmente previsto-- desencadenara la violencia en la región.


Fuente: La Vanguardia




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Bosco Ntaganda comparece ante la Corte Penal Internacional


El ex líder del grupo rebelde Fuerzas Patrióticas de Liberación del Congo (UPC-FPLC), Bosco Ntaganda, compareció ante la Corte Penal Internacional (CPI), donde se le procesa por cargos que incluyen crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad.

La CPI acusó a Ntaganda y emitió una orden de aprehensión el 22 de agosto de 2006 por atrocidades cometidas en la provincia oriental de Ituri, en la República Democrática del Congo, en 2002 y 2003, cuando era el número dos del UPC-FPLC.

El imputado permaneció fugitivo desde entonces y recientemente se había unido a los rebeldes de la agrupación M23, que opera en el este congolés, convirtiéndose en uno de sus líderes.

El 19 de marzo Ntaganda se presentó en la Embajada de Estados Unidos en Rwanda y pidió que se le trasladara a la CPI , en La Haya.

En la audiencia de hoy, un oficial de la CPI explicó que esa instancia considera que hay bases para juzgar a Ntaganda por varios crímenes de guerra.

“El crimen de guerra por reclutamiento de menores de 15 años y por hacerlos participar activamente en las hostilidades. Asesinato, violación y esclavitud sexual, así como ataques contra la población civil. Saquear también constituye un crimen de guerra”, apuntó el oficial.

La siguiente audiencia tendrá lugar el 23 de septiembre.


Fuente: ONU


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Ex presidente de Costa de Marfil comparece ante CPI por crímenes contra la humanidad


El ex presidente de Côte d´Ivoire, Laurent Gbagbo, compareció ayer ante la Corte Penal Internacional (CPI) en una audiencia en la que la Fiscalía confirmó los cargos que se le imputan por crímenes contra la humanidad.

Esas acusaciones indican que entre el 16 de diciembre de 2010 y el 12 de abril de 2011 el ex mandatario participó indirectamente en crímenes de lesa humanidad cometidos en el marco de la represión de las manifestaciones que se realizaron en Côte d´Ivoire.

Esas movilizaciones se produjeron tras las elecciones en las que el actual presidente del país africano, Alassane Ouattara, derrotó a Gbagbo, pero éste intentó mantenerse en el poder.

La Fiscalía de la CPI incluye entre los cargos a Gbagbo 166 asesinatos y 34 violaciones, además de lesiones a la población civil y represión por motivos políticos, religiosos o de etnia.

Gbagbo, de 68 años, es el primer ex jefe de Estado en custodia de la CPI.

Los jueces de esa instancia con sede en La Haya decidirán si proceden las acusaciones luego de haber escuchado durante las próximas dos semanas los argumentos de la defensa y la declaración del propio Gbagbo.


Fuente: ONU


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¿Qué va a pasar con Gadafi?

Lo cierto es que uno de los problemas de futuro es qué hacer con Gadafi. Ello dependerá en buena parte de los siguientes pasos que se vayan dando, y es que a priori caben muchos escenarios posibles, no descartemos aquel por el que Gadafi permaneciera en el poder. Recordemos que Gadafi es el segundo jefe de Estado en activo investigado por la Corte Penal Internacional (CPI), que estudiará su presunta responsabilidad en crímenes de guerra y lesa humanidad a petición del Consejo de Seguridad (es pertinente apuntar aquí que Libia no es parte del Estatuto de Roma). El otro es el presidente de Sudán, Omar Hasan al Bachir, imputado por genocidio en relación con los crímenes cometidos en la región de Darfur y sobre quien pesa una orden de detención de la Corte Penal Internacional desde julio de 2008, aunque se mantiene en el poder en su país.


La investigación de los crímenes de Gadafi, será realizada por Luis Moreno Ocampo, fiscal jefe de la Corte Penal Internacional desde 2003, y a cuyo equipo pertenece el magistrado español Baltasar Garzón. Moreno Ocampo dijo que se está tratando de reunir las pruebas de esta situación y espera informar el próximo 4 de mayo al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre su investigación acerca de la situación libia antes de entregar el caso a los jueces de la Corte.


Por su parte, la Interpol también ha dictado una alerta global, catalogada de aviso naranja, contra Muamar al Gadafi y 15 miembros de su Gobierno. La medida también tiene por objeto ayudar a la CPI en su investigación de los presuntos crímenes contra la Humanidad cometidos en Libia. El aviso naranja, que afecta a las personas sobre las que la ONU ha impuesto sus sanciones, permitirá que las fuerzas de seguridad de los 188 países miembros “sean capaces de tomar todas las medidas necesarias para proteger a civiles y aplicar las prohibiciones de viaje contra los 16 ciudadanos libios, así como la congelación de bienes que afecta a seis de ellos”. Este tipo de medidas que afectan a los bienes en el extranjero se están sucediendo con celeridad, y por ejemplo, España bloqueará el uso de la finca de Gadafi en la Costa del Sol.


De momento la operación Amanecer de la Odisea no contempla descabalgar a Gadafi, no es objetivo de la misma ni se contempla en la Resolución 1973. Por lo tanto, el interrogante permanecerá abierto hasta que la coalición se marque otro objetivo, lo cual a priori será mucho más difícil que los pasos hasta ahora logrados por la palpable división existente (baste recordar la oposición inicial en el Consejo de Seguridad de China, Rusia, India, Brasil y Alemania, que el pasado jueves se abstuvieron en la votación).


Entretanto no se dan más pasos, asistiremos por un lado a las piruetas estratégicas más estrambóticas, y ver por ejemplo cómo Gadafi acusa a Bin Laden de estar detrás de la revuelta, pero al mismo tiempo amenaza con unirse a él; y por otro a las luchas de poderes e intereses entre la coalición.


Anexo: Extracto de la Resolución 1970 (2011) del Consejo de Seguridad:

Remisión a la Corte Penal Internacional


4. Decide remitir la situación imperante en la Jamahiriya Árabe Libia desde el 15 de febrero de 2011 al Fiscal de la Corte Penal Internacional;

5. Decide que las autoridades libias deben cooperar plenamente con la Corte y el Fiscal y prestarles toda la asistencia necesaria de conformidad con la presente resolución, y, aunque reconoce que los Estados que no son partes en el Estatuto de Roma no tienen obligación alguna en virtud de él, insta a todos los Estados y organizaciones regionales y demás organizaciones internacionales competentes a que cooperen plenamente con la Corte y el Fiscal;
6. Decide que los nacionales, los ex funcionarios o funcionarios o el personal de un Estado que no sea la Jamahiriya Árabe Libia y no sea parte en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional quedarán sometidos a la jurisdicción exclusiva de ese Estado respecto de todos los presuntos actos u omisiones derivados de operaciones en la Jamahiriya Árabe Libia establecidas o autorizadas por el Consejo o relacionados con ellas, a menos que ese Estado haya renunciado expresamente a la jurisdicción exclusiva;

7. Invita al Fiscal a que le comunique, en un plazo de dos meses a partir de la aprobación de la presente resolución y, posteriormente, cada seis meses, las medidas adoptadas en virtud de la presente resolución;

8. Reconoce que ninguno de los gastos derivados de la remisión a la Corte, incluidos los gastos relativos a las investigaciones o los enjuiciamientos relacionados con dicha remisión, serán sufragados por las Naciones Unidas, y que dichos gastos serán sufragados por las partes en el Estatuto de Roma y por aquellos Estados que deseen aportar contribuciones voluntarias;